IEQROO da cumplimiento a la sentencia recaída en el expediente PES/033/2021 dictada por el TEQROO, al declarar la existencia de violencia política contra las mujeres en razón de género.
CHETUMAL.– Integrantes del Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo (IEQROO), en sesión extraordinaria con carácter de urgente, dio cumplimiento a la sentencia recaída en el expediente PES/033/2021 dictada por el Tribunal Electoral de Quintana Roo, con lo que se determinó en cumplimiento de sentencia, la cancelación del registro como candidato a Presidente Municipal propietario por el municipio de Benito Juárez, otorgada al ciudadano Issac Janix Alanís, al declarar la existencia de violencia política contra las mujeres en razón de género, en contra de María Elena Hermelinda Lezama Espinosa atribuida el ciudadano en mención, mediante acuerdo IEQROO/CG/A-121-2021.
Cabe señalar que dicha sentencia fue dictada el 6 de junio de 2021 por el Tribunal Electoral de Quintana Roo, dentro del expediente PES/033/2021. En esa misma fecha, el TEQROO notificó al Instituto, la Sentencia referida.
En ese sentido, se instruyó a la Dirección Jurídica del Instituto, a efecto de vigilar el cumplimiento de las medidas cautelares ordenadas en el Acuerdo IEQROO/CQyD/AMC-042/2021, e inscribir al ciudadano Issac Janix Alanís en el Registro Estatal de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política Contra las Mujeres en Razón de Género de Quintana Roo con una permanencia de cuatro años.
Asimismo, se instruyó a la Consejera Presidenta para que notifique el presente Acuerdo vía electrónica, al Instituto Nacional Electoral, a través de la Unidad Técnica de Vinculación con los Organismos Públicos Locales, a efecto de inscribir al ciudadano Issac Janix Alanís en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política Contra las Mujeres en Razón de Género con una permanencia de cuatro años.