CDMX.- México dio un paso más hacia la apertura de uno de los mercados nacionales de marihuana más grandes en el mundo, en busca de ser el tercer país del mundo, junto a Uruguay y Canadá, en legalizar su consumo lúdico personal.
La Cámara de Diputados aprobó este miércoles, en lo general, la despenalización y la regulación del consumo lúdico –llamado “consumo adulto”– de marihuana en todo el país, en una de las legislaciones pendientes más amplias, polémicas y discutidas de los últimos años y definitivamente una de las que será más consecuentes de la actual LXIV Legislatura.
Con un voto fragmentado, impulsado sobre todo por Morena, el partido de la mayoría en el Congreso, los diputados votaron 316 a favor del dictamen con el que se expide la Ley Federal para la Regulación de la Cannabis y reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud y del Código Penal Federal. En contra, votaron 127 y hubo 23 abstenciones.
Ahora, el Pleno en San Lázaro pasará a la discusión de los artículos reservados. Fuentes de la Cámara de Diputados informaron a Infobae México que los legisladores registraron 215 reservas del dictamen, por lo que se esperan varias horas más de discusión parlamentaria.
Debido a que el dictamen avalado presentará modificaciones sustancialmente diferentes al proyecto avalado en el Senado en noviembre pasado, cuando concluya el proceso en San Lázaro, el documento deberá volver a la Cámara Alta, la cual estudiará las modificaciones realizadas y votará por su ratificación o por desecharlas.
El debate fue, como se esperaba, intenso y ríspido. El experimentado diputado Pablo Gómez, de la mayoría morenista, defendió el dictamen como “el primera gran paso para revertir años de prohibición que trajeron violencia, persecución y llevaron al aplastamiento de una libertad”.Es esta libertad la que hoy se reivindica, la de los jóvenes, quienes han sido las mayores víctimas de la prohibición
Para México, la despenalización y regulación del uso lúdico de la marihuana en el país llegaría luego de varios lustros de una guerra interna “contra el narcotráfico” que ha provocado índices de violencia e inseguridad cada vez más altos con el avance de los años y a pesar del cambio de gobiernos y estrategias.
Sin embargo, entre los legisladores inconformes, uno de los argumentos estuvo relacionado con la falta de protección para los consumidores, ya que, acusaron, el dictamen se centraba en la comercialización y no en la protección de la personalidad y los derechos humanos, como mandató la Suprema Corte.
La diputada Laura Rojas, del opositor PAN (Partido Acción Nacional), se posicionó en contra debido a que, entre otras razones, es un dictamen que no protege lo suficiente a los menores y le daría facultades regulatorias a la Comisión Nacional de Adicciones cuando no cuenta con experiencia en el tema, como sí lo tiene la Cofepris (Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios).
“No puedo avalarlo porque simplemente se quedó corta”, sentenció la ex presidenta de la Cámara de Diputados. Otros legisladores citaron en defensa del dictamen a Frida Kahlo, una de las pintoras mexicanas más populares y reputadas, quien alguna vez dijo que cuando fumaba cannabis podía “escuchar el color del mundo”.
Otros parafrasearon a William Shakespeare. “Fumar o no fumar, he ahí la cuestión”, dijo otro legislador. Algunos más se refirieron al prohibicionismo en Estados Unidos por la Ley Seca y los paralelismos con la marihuana un siglo después.
El dictamen, a la espera de lo que decidan los diputados en la discusión en lo específico de las reservas, plantea la despenalización de hasta 28 gramos de cannabis y entre seis y ocho plantas de marihuana por casa.
También permite la producción por asociaciones de cannabis para consumo por los asociados para uso lúdico; la producción para la comercialización y venta con fines lúdicos; la producción con fines de investigación; y la producción de cáñamo para fines industriales.
El artículo 11 precisa que “es derecho de las personas mayores de dieciocho años consumir cannabis psicoactivo”. “El consumo deberá realizarse sin afectar a terceros, especialmente a personas menores de edad. Queda prohibido el consumo de cannabis en lugares denominados como ’100% libres de humo de tabaco’, así como en las escuelas, públicas y privadas, de cualquier nivel educativo. En dichos lugares se fijarán los letreros, logotipos y emblemas que establezca la Comisión”, reza la disposición.
Además, el dictamen remarca que estará prohibido realizar cualquier tipo de trabajo o actividad laboral remuneradas estando bajo los influjos del cannabis psicoactivo. También quedará prohibido el consumo de cannabis psicoactivo con fines lúdicos por personas menores de dieciocho años, pero los menores infractores no serán objeto de sanción alguna.
Por otra parte, la venta del cannabis psicoactivo y sus derivados para uso lúdico se realizará exclusivamente dentro del territorio nacional, en los establecimientos autorizados por la Comisión en los términos de la ley.
Con respecto a las asociaciones de cannabis, sin fines de lucro, se podrán constituir para cultivar y poseer plantas de cannabis psicoactivo para consumo de los asociados con fines lúdicos. Las asociaciones deberán constituirse con un mínimo de dos y un máximo de 20 personas mayores de edad. Además, deberán limitarse a cultivar hasta cuatro plantas por socio, sin exceder en ningún caso de 50 plantas.
Con respecto a las sanciones administrativas, las multas aprobadas van desde los 60 hasta los 3,000 UMAs (Unidad de Medida y Actualización), es decir, desde los 5,377 hasta los casi 270,000 pesos (entre USD 270 y USD 13,900), además de clausuras de asociaciones, decomiso de productos, suspensiones o cancelaciones de permisos e incluso arresto hasta por 36 horas.
Asimismo, en aquellos casos en los que una persona esté en posesión de más de 28 gramos y hasta 200 gramos de cannabis, sin las autorizaciones a que se refieren esta Ley y la Ley General de Salud, será remitido a la autoridad administrativa competente, de conformidad con lo que establezca la Ley de Cultura Cívica en la Ciudad de México o su homóloga en las entidades federativas, sin perjuicio de su denominación.
En su caso, la sanción será una multa de entre 60 a 120 veces el valor diario de la UMA. Es decir, desde los 5,377 hasta los 10,700 pesos (desde USD 270 y USD 535). Las multas para quienes empleen personas menores de edad para estos trabajos, las multas serán tan altas como los 270,000 pesos (USD 13,900).
Entre las modificaciones que propone el dictamen a la Ley General de Salud está el artículo 475 Bis, que precisa que se impondrá prisión de uno a tres años de prisión y de doscientos a cuatrocientos días multa a quien sin la autorización prevista en la Ley Federal para la Regulación del Cannabis, comercie o suministre, aun gratuitamente cannabis psicoactivo en cantidad que sea superior a doscientos gramos.
Con información de Infobae