El Juez Faustino Gutiérrez Pérez otorga la suspensión provisional al gobernador de Tamaulipas; dan a autoridades 48 horas para notificar delito por el cual se libró la orden
TAMAULIPAS.- Un Juez Federal con Distrito en el estado de Tamaulipas otorgó una suspensión provisional al gobernador Francisco García Cabeza de Vaca y evitar se le cumplimente alguna orden de aprehensión que exista en su contra debido a un juicio de amparo que sus abogados promueven.
Al hacerse la entrega del documento dio efecto una vez que el Juzgado de Distrito procedió a recibir la promoción.
“Se decreta la interrupción de la ejecución de cualquier mandato de captura girado en su contra, por lo que el citado agraviado no deberá ser privado de su libertad personal, hasta en tanto no se resuelva lo que proceda a la suspensión definitiva”.
El Juez Faustino Gutiérrez Pérez, encargado de conocer el juicio de amparo, aclaró dentro de su notificación que la suspensión no podría ejercerse siempre y cuando el delito o los delitos no ameriten prisión preventiva oficiosa.
De acuerdo al expediente 669/2021-2 la paralización temporal del acto reclamado va contra el Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, Fiscalía General de la República y otras autoridades tanto en la Ciudad de México como en otros tribunales del país.
El lunes por la mañana su abogado particular Alonso Aguilar Zinser dio a conocer que ante un Juez de Distrito iba a presentar una petición de amparo para solicitar a los diversos tribunales federales la existencia de una orden de aprehensión en contra de su cliente.
Desde el miércoles 19 de mayo, funcionarios federales y cuentas en redes sociales filtraron el dato sobre la supuesta existencia de una orden de captura en contra de García Cabeza de Vaca por los delitos de Delincuencia Organizada y Recursos de Procedencia Ilícita y ante la duda sobre su veracidad procedieron a promover el juicio de amparo.
Dentro de la síntesis que emitió el juez también señala: “en lo dispuesto en los artículos 128, 130, 138 y 140 de la Ley de Amparo, requiérase a las autoridades responsables, para que en un término de cuarenta y ocho horas, contado a partir del momento en que reciba el oficio correspondiente, rindan por duplicado informe previo, en el que manifiesten si son ciertos o no los actos reclamados por la parte quejosa y, en su caso, las razones que estimen pertinentes sobre la procedencia o improcedencia de la suspensión. Además, deberán señalar con precisión en el informe previo, el delito por el cual se libró la orden de aprehensión, si está considerado como grave y/o si amerita prisión preventiva oficiosa”.
Los argumentos que el abogado presentó para saber la existencia de una orden de detención fue narrar el pleito jurídico entre el Congreso de la Unión y el Congreso de Tamaulipas sobre el desafuero.
Señaló que el Congreso de la Unión determinó quitarle la inmunidad para que se le investigue y procese por el delito de Defraudación Fiscal pero la homologación fue rechazada por el Congreso Local quien le mantuvo su respaldo y por ello no pueden librarse una orden de aprehensión al seguir gozando inmunidad.
Por el momento el gobernador deberá de poner como garantía la cantidad de cien mil pesos y se fijó que el 22 de junio a las 13:40 minutos se celebrará la audiencia constitucional.